En general las
pensiones de jubilación que se hayan originado en el Argentina deben ser
declaradas en España por los contribuyentes que residan en España . No hacerlo,
por pequeña que ésta sea, puede acarrear varios problemas.
Los
contribuyentes que residan en España deben declarar en su IRPF por su renta
mundial, independientemente de la procedencia de sus ingresos, aunque procedan
de otro país.
1. Para
empezar: Si percibo una pensión del extranjero tengo la obligación de presentar
la declaración de la Renta?
Depende.
Además de la pensión del extranjero, ¿cobro alguna otra renta? ¿cobro de algún
otro lado?
Si la
respuesta es afirmativa (por poner el ejemplo más común: también se cobra una
pensión española) habrá que hacer las siguientes cuentas:
a. Si la
pensión más pequeña, de la que menos cantidad percibo, supera los 1.500 euros anuales,
tendré que comprobar que la suma de mis ingresos no supere los 12.000 euros anuales. Si
ambas pensiones superan esta cantidad tendré que presentar Declaración de la
Renta.
b. Si la
pensión más pequeña no supera los 1.500 euros, entonces tendré que comprobar
que mis ingresos no superan los 22.000 euros. De hacerlo, tendrás obligación de
presentar el Irpf. Este límite también funciona si sólo percibo una pensión y
ésta supera este mismo limite de 22.000 euros.
2. Llegados
a este punto suele surgir una segunda pregunta: ¿Mi pensión del extranjero
tributa en España? ¿Sí o sí?
Pues, una
vez más. Depende.
¿Cómo
conocer la respuesta? Yendo al CDI: convenio de doble imposición. Ahora
bien, déjanos avisarte: no te bastará con una sola lectura. Los CDI son como el
camarote de los hermanos Marx hechos literatura. De locos. Pero ahí es dónde se
halla la respuesta (ahí, o en la cabeza de tu asesor fiscal)
El art. 18
del Convenio de España con Argentina en
su punto 1 dice "Las pensiones y jubilaciones pagadas a un residente de un
Estado Contratante sólo pueden someterse a imposición en este Estado."
El Convenio
de doble imposición entre España y Argentina prevé la tributación exclusiva de
las pensiones en el Estado de Residencia del perceptor. Por tanto la pensión argentina está sujeta al
IRPF.
No declarar el IRPF, la ocultación de la percepción de
estos ingresos puede tener otras consecuencias, como puede ser la rebaja o
eliminación de los complementos de mínimos.
El
complemento de mínimos es el que iguala la pensión que percibe el jubilado con
la pensión mínima. Es un complemento que se cobra si el importe de la pensión a
la que se tiene derecho es inferior a la mínima, pero este complemento puede
verse afectado si se perciben otras rentas.
En el caso
de no haber declarado la pensión del extranjero y estar cobrando el complemento
de mínimos la Seguridad Social puede revisar la situación del pensionista y
reclamar la devolución de las cantidades cobradas indebidamente, además de rebajar la cantidad a
cobrar a partir de ese momento.
28 comentarios:
Muy aclaratorio en artículo, yo aún no cobro la jubilación de Argentina, solicitada ya hace mas de 4 años.
La pregunta es: Y como ejemplo?
Si se cobra la jubilación en España, por ejemplo 15.000 € al año, y la que se pudiera cobrar de Argentina 3.000 €, total 18.000 € anuales.
La aportación al IRPF de que % es?, el 10%, el 15%, que no lo sé, pero si se acerca al 15% son 2.700 €.
Vale en este caso seguir percibiendo la prestación de Argentina?. O resulta mas caro el collar que el perro?.
Solo son elucubraciones, pero debemos analizar cada uno nuestro caso de forma personal y echar las cuentas.
Un saludo Eduardo.
Bueno, ya me he acojonado total, si la tabla siguiente se cumple, creo que no conviene cobrar las dos partes de jubilación.
De 0€ a 12.450€ Retención ....19%
de 12.450€ a 20.200 Retención.24%
y ya va a mas.
No se que decir, a ver que pasa, pero es posible que a los que tenemos prestación en España, no nos convenga la jubilación de Argentina.
Hacienda se lo llevará todo lo de allí, y parte de lo de aquí.
Un saludo.
Eduardo.
O en su defecto, si aquí hacienda nos chupa la sangre, ver la posibilidad de que el cobro se haga en un banco de Argentina, que cobre algún familiar, o que se quede en la cuenta hasta que sea posible retirar el dinero.
Que ya digo, son elucubraciones, pero es una injusticia que si te pagan dos el límite 12.000€, si te paga uno 22.000€.
En teoría el que mas ha sufrido y que se ha tenido que buscar la vida es el que ha encontrado el curro en dos sitios, y encima se lo penaliza.
Creo que es totalmente injusta esa norma.
En fin, nada, así son las cosas.
Un saludo
Eduardo.
Debemos tener en cuenta además que una cosa es tener obligación o no de declarar y otra es el pago o no del tributo. Se puede estar en situación de no tener que declarar pero eso no quiere decir que no esté pagando el IRPF por vía de las retenciones. Por ejemplo los residentes con un solo pagador hasta 22000€ pagan vía retención.
El caso nuestro de los que recibimos pensiones desde el exterior es un tanto distinto.
1. porque aunque tengamos un solo pagador, si la pensión es superior a 12000€ y ese pagador no está obligado a retener (que es el caso de pensiones del exterior) entonces debemos declarar si o si.
????...
Edu G G, no lo entiendes por que el moderador eliminó el comentario (?) que puso Gonzalez Benitez Martinez absolutamente fuera de lugar.
Saludos
Gracias por la aclaración.
Un saludo.
bien..y si cobramos3.900 euros anuales de argentina y8400 euros anuales de españa que hacemos'
Anónimo: si debe declarar, en principio. Pero Ud. debe leer bien todo el tema o consultar un asesor fiscal porque como sabrá está también el tema de la Compensación a mínimos. Es una decisión personal....
Yo hasta aquí llego.
En mi caso cobro incapacidad permanente en España, 68 % de incapacidad al día de hoy. El año pasado empecé a cobrar jubilación argentina sin convenio. Que declaro?
Daniel este blog da alguna información sobre ciertos temas pero no puedo dedicarme a casos particulares, ni tengo los conocimientos sobre impuestos necesarios. Le aconsejo de todas formas que consulte personalmente a un asesor o preferentemente a otros en su misma situación.
Hola, estoy viviendo en Espana (Tenerife) desde hace 15 meses, estoy empadronada y tengo el NIE. Soy Argentina y cobro la jubilacion minima de Argentina (300 euros). Tambien tengo la nacionalidad italiana (pero nunca estuve en Italia), solo me sirve para poder vivir aqui en Tenerife.
La pregunta es: tengo que declarar en Espana mi jubilacion? tengo derecho a alguna prestacion? a una pension española? tengo 80 años y ningun otro ingreso.
Muchas gracias
Jubilada de 80 años con pass Italiano. Se es contribuyente donde se reside. Y están comprendidos todos los ingresos y bienes mundiales del contribuyente.
El echo de que tenga o no que declarar depende de muchos factores... Si solo tomamos su ingreso de jubilación de 3600€ anuales y suponemos que Ud. no tiene bienes de ningún tipo, entonces no tiene obligación de hacer la declaración de la renta.
Y en cuanto a si le corresponde o no solicitar alguna ayuda o prestación no contributiva, le aconsejo que pregunte en las oficinas sociales del Ayuntamiento de su pueblo o en el IMSERSO
que significan las siglas C.D.I.
C.D.I. Significa convenio para evitar la doble imposición
yo aun estoy en argentina pero planeamos vivir en españa en poco tiempo. yo aqui tengo retencion de la afip y fui a preguntar y me dijeron que continuarian haciendo dicha retencion, por lo que he leido aqui eso no corresponderia ya que deberia pagar en españa. alguien sabe algo de esto?? gracias
PILAR tiene que pedir copia del formulario 649 en su pagador(anses u otro) todos los años para presentar en la Agencia Tributaria española y compensar los pagos de impuestos
Hay que tener en cuenta, como ya ha dicho alguien, que existe un convenio entre Argentina y España que evita la doble imposición, de tal manera que declarando la jubilación percibida de Argentina y las retenciones sufridas, hasta la suma de las retenciones sufridas en los haberes jubilatorios España no retiene, retiene si la tasa de impuesto de España es mayor que la de Argentina y sólo por el % de excedente; poniendo un ejemplo si por una jubilación X Anses me retiene el 10% que son 1000 euros, cuando eso se declara en España para el IRPF si la tasa en España es menor a ese 10% no se retiene y si por ejemplo fuera un 15% se retiene ese retiene ese 5% adicional.
Espero haber sido claro, de lo contrario espero comentarios.
Holà tengo 71 años y cobRo la jubilacion minima de Argentina en España donde résido, son unos 230€ ,quisiera saber si hay alguna ayuda para conmpensar.
Por favor lea bien los comentarios. Allí aparecen algunos que reciben ayuda y tal vez explican cómo gestionar. Yo creo que debería preguntar directamente a la Seguridad social española.
Buen dia a todos, les comento sobre la DECLARACION DE LA RENTA, estuve en HACIENDA y me dieron esta información: total anual 12.000 euros, o sea no debe pasar esta suma entre las dos jubilaciones ya sea de Argentina y España, luego de tener ahorros en bancos, la rentabilidad no debe superar un ingreso de 1.500 anual, ya sea de fondos, planes,etc,etc, POR LO TANTO NO SE PRESENTA DECLARACION DE RENTAS.
Saludos y felices fiestas !!!!
Antony o Michela
¡Hola! Me llamo Mónica y tengo doble nacionalidad. Mi pregunta es la siguiente si recibo la jubilación argentina: ¿Puedo trabajar con contrato en España sin que me descuenten como a los jubilados españoles según las horas trabajadas?
Hola Mónica, lo mejor es consultar en una oficina de la seguridad social en España; y luego no dejes de hacerlo con un asesor fiscal.
Hola a todos, tengo una duda: que tipo de cambio utilizo para pasar el importe de la jubilación cobrado en Argentina a euros, e incluirlo en la renta en España ?. Gracias.
1°SI no retiene ganancias el IPS o ANSES si sos residente en España. A partir de que momento, cuando lo declaro o es necesario acreditar residencia permanente o en su defecto 12 meses certificado en consulado
No entiendo lo que pregunta
Disculpe 1°) Saber si IPS o ANSES retienen ganancias a todos los jubilados con residencia en España o a algunos (los que superan los minimos inponibles), o a ninguno ( si se tributa de corresponder con la declaración de IRPF a Agencia Tributaria)
2° En que momento se debe notificar la residencia a IPS o ANSES
1- El ANSES o el IPS no retienen a todos. Tampoco retienen a todos los que llegan hoy a sumas de unos 35000 pesos argentinos brutos.
A los que cobran más de 35000 se supone que deben descontar.... pero he visto casos de beneficios de jubilaciones en que no sucede... y no se el porque.
Si no se tributa y lo mismo se tiene un sueldo de más de 35000$ entonces le agarran aquí en España con el IRPF y terminará pagando a la agencia tributaria.
2º Si Ud. reside en ESpaña y cobra o le transfieren a España entonces se supone que el ANSES debe estar enterado porque sino se trataría de un error de ellos.
todo esto es delicado y facilmente se puede caer en no cumplir normas que pueden afectar su vida sobre todo en esta etapa en que los organismos y Agencias Tributarias tienen una muy buena comunicación y coordinación
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